Hacienda desoye a los jueces y deniega la reducción del 30% en el IRPF sobre las indemnizaciones de los despidos pactados entre la empresa y el trabajador si se cobran a plazos.

Tres recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), una del 9 de marzo y dos del 4 de mayo, contradicen el criterio de Hacienda y concluyen que los contribuyentes tienen derecho a aplicar la reducción del 30%, aunque solo en el primer pago que reciban. La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda y cuyas decisiones vinculan a los inspectores, ha emitido dos recientes consultas (del 6 y del 25 de mayo) en las que desoye el criterio de los jueces y ratifica que este tipo de indemnizaciones pactadas y diferidas en el tiempo no tienen derecho a este beneficio fiscal.

Data publicació: 25/06/2026
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