La Audiencia Nacional refuerza la seguridad de las empresas a la hora de deducir en el Impuesto sobre Sociedades los gastos por I+D y tecnología.

El Tribunal impide a la inspección de la Agencia Tributaria que revise el fondo de estos proyectos y que inaplique las deducciones por considerar que no cumplen los requisitos para ser I+D+i. La sentencia, del 24 de abril, reprocha que ignore los informes vinculantes del Ministerio de Ciencia que cercioran que la actividad cuenta con los requisitos necesarios para ser catalogada como innovadora.

Fecha publicación: 11/06/2026
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