En el caso en concreto, la empresa rechazó la propuesta de la trabajadora al considerarla “inviable”, pero a continuación le propuso una negociación de distintas alternativas. Esa negociación no se produjo por causa no imputable a la empresa y la gerocultora acudió a la vía judicial. Pues bien, el TSJ de Cantabria pone el foco en ese ofrecimiento y explica que el ET reconoce el derecho de estos a “adaptar la duración y distribución de la jornada” para “hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y personal”, pero añade que ese derecho “está sometido al proceso de negociación”. Así, en el caso enjuiciado, la empresa manifestó su voluntad de abrir la negociación. El tribunal señala que ofreció “una alternativa real más allá de una respuesta genérica y manifestó la voluntad de llegar a un acuerdo favorable para ambas partes”.